Son cosas distintas: requisito es ‘circunstancia o condición necesaria para algo’ y requerimiento es la acción de requerir, y tiene, entre otros, los significados de ‘acto judicial por el que se intima que se haga o se deje de ejecutar algo’ o ‘aviso, manifestación o pregunta que se hace, generalmente bajo fe notarial, a alguien exigiendo o interesando de él que exprese y declare su actitud o su respuesta’.
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