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exponendo

El diccionario del la RAE no reconoce los términos exponendo ni exponen, e indica que expositivo sólo tiene función de adjetivo. Me refiero a los párrafos o apartados que suele haber en un contrato donde se expone una serie de circunstancias antes de llegar a los acuerdos. Mi duda es: ¿se puede sustantivizar la palabra expositivo?, ¿cómo hemos de llamar a esos apartados?, ¿está bien dicho: «según el expositivo segundo…»?

Aunque no esté recogida en el Diccionario de la Academia, la palabra exponendo es habitual en el lenguaje jurídico español. Si quiere evitar este término (aunque no es necesario hacerlo) puede recurrir a «punto/apartado X de la exposición», por ejemplo.

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