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pensión y jubilación

Después de leer las definiciones del DRAE y el Diccionario Clave, sigue sin quedarme claro si las palabras pensión y jubilación pueden usarse como sinónimos. Según lo entendía (al menos en Argentina) un jubilado recibe un pago después de haber cumplido una edad determinada, mientras que un pensionado recibe un pago por viudez, incapacidad u orfandad. ¿Es indistinto el uso de estos dos términos?

El Diccionario del español jurídico señala que la jubilación es el ‘derecho al descanso de quien, alcanzada una determinada edad y después de trabajar un cierto número de años, abandona su vida laboral activa y pasa a asumir la condición de pensionista, previo cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos’. Es decir, el jubilado es más propiamente el que deja de trabajar y el pensionado o pensionista es el que cobra una pensión (la cual, por otra parte, puede ser por jubilación o por otras razones). Como ambas circunstancias se dan a menudo a la vez, suelen emplearse como sinónimos.

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