nombres de impuestos, con las iniciales en minúscula

Foto: ©Archivo Efe/Emilio Naranjo

Las siglas de tasas e impuestos se escriben con mayúsculas (IVA, IRPF, IIVTNU); pero, cuando se desarrollan, las palabras que las integran se escriben con iniciales minúsculas si son nombres comunes.

Con motivo de la adaptación, en España, del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana según la sentencia del Tribunal Constitucional, en los medios de comunicación pueden leerse frases como «La Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública viene informando sobre la aplicación de un nuevo procedimiento en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana» o «El Gobierno de Navarra impulsará una modificación del impuesto de Plusvalía Municipal».

Tal y como se indica en la Ortografía de la lengua española, los nombres oficiales de tasas e impuestos se escriben con minúsculas al ser nombres comunes (impuesto sobre el valor añadidoimpuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana). Con las denominaciones no oficiales ocurre lo mismo: plusvalía es el nombre alternativo del último impuesto mencionado y también se escribe con inicial minúscula

El criterio de escribir en minúsculas los nombres de los impuestos permanece incluso si no se mencionan acompañados de su sigla. Así, en «El Impuesto de Sucesiones y Donaciones afecta tanto a las donaciones mortis causa como a los supuestos inter vivos», lo adecuado habría sido «El impuesto de sucesiones y donaciones afecta tanto a las donaciones mortis causa como a los supuestos inter vivos».

Por lo tanto, conforme a la norma académica, lo apropiado habría sido escribir «La Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública viene informando sobre la aplicación de un nuevo procedimiento en relación con el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana» y «El Gobierno de Navarra impulsará una modificación del impuesto de plusvalía municipal».

Valora esta recomendación

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars

Últimas recomendaciones

¡Hola!

¿Has buscado tu duda en nuestra web?

Si no la encuentras, rellena este formulario:

Los campos con * son obligatorios