#puestaapunto. Esta recomendación sustituye a una anterior, publicada en el 2014, para dar entrada a la distinción entre impagar y no pagar o dejar de pagar.
El verbo impagar, usado en los ámbitos macroeconómico y jurídico en referencia a la falta de pago de una cantidad que se debe, no es lo mismo que no pagar o dejar de pagar, que son más generales.
En los medios de comunicación no es raro el uso del verbo impagar, en especial en las noticias relacionadas con las deudas soberanas: «Puerto Rico entra en bancarrota tras impagar 422 millones de dólares», «Solo en el 2011 la comunidad impagó el 40 % de sus gastos» o «El Ayuntamiento se ve en la tesitura de impagar una factura o devolver el recibo del banco».
Según el diccionario académico, el sustantivo impago significa ‘omisión del pago de una deuda vencida’ (esto es, no satisfecha en el plazo acordado). A partir de él se puede formar el verbo impagar en alusión al hecho de caer en un impago, que permite además expresar de modo conciso lo que en inglés se llama default.
Fuera de estos ámbitos y cuando se refiere a dejar de pagar por una cancelación de la deuda, por una exención en el pago o por alguna otra razón en la que no vence una deuda, es preferible expresar la idea de que una cantidad no se satisface con los giros no pagar y dejar de pagar.
Así, los ejemplos anteriores son válidos por corresponder a los ámbitos y el significado mencionados, pero no sería adecuado, en cambio, decir que alguien impagó un artículo en un comercio simplemente porque se fue sin pagarlo o que se impagó el rescate de un secuestro.