Los términos hispabono e hispanobono, empleados para referirse a los títulos de deuda que podría emitir en España un organismo estatal, y por tanto respaldados por el Estado, para financiar a las comunidades autónomas, están bien formados en español.
Sin embargo, la autoridad monetaria española y los responsables de las áreas económicas de los Gobiernos central y autonómicos utilizan con mayor frecuencia la primera forma: hispabono.
Este término está construido según un mecanismo de formación de palabras en español que recibe el nombre de acronimia o cruce léxico, tal y como se indica en el manual Morfología léxica: la formación de palabras, de Soledad Varela.
En este caso, se hace un acortamiento de la palabra hispa(no), que se añade a bono, igual que sucede, por ejemplo, con otras, como docudrama [docu(mental) + drama].
Por su parte, el término hispanobono está formado con el elemento compositivo hispano-, que se emplea para formar palabras compuestas y que significa ‘español’(hispanófilo, hispanohablante), y el sustantivo bono.