La locución latina de minimis, propia del lenguaje jurídico, se escribe en letra cursiva y sin tilde en minimis.
Sin embargo, en la prensa es frecuente encontrarla escrita de varias maneras: «El proyecto de ley de medidas contra la sequía, que incluye un fondo para lo afectados, ayudas “de mínimis” o subvenciones al agua desalada» o «Deberían destinarse ayudas acogidas al régimen de mínimis».
La locución de minimis se aplica a aquello relacionado con las cosas pequeñas o más específicamente a lo que no tiene la suficiente importancia para que la ley le preste atención. Proviene de las expresiones latinas de minimis non curat praetor y de minimis non curat lex, que podrían traducirse como ‘de los asuntos intrascendentes no se ocupa el magistrado’ y ‘la ley no se ocupa de los asuntos insignificantes’, como señala el Diccionario panhispánico del español jurídico de la Real Academia y el Consejo General del Poder Judicial español.
En los medios de comunicación, este latinismo suele aparecer en relación con determinadas ayudas de la Unión Europea y con el régimen que las regula. Se trata de aquellas que los estados miembros pueden otorgar a empresas siempre que no superen una cierta cantidad (en general 200 000 euros a lo largo de tres años), pues se entiende que por su cuantía no alteran la libre competencia y por tanto no hay que comunicarlas a la Comisión Europea.
Además, al tratarse de una locución latina, lo apropiado es escribirla en cursiva y sin tilde conforme a las normas de la Ortografía de la lengua española.
Así pues, lo adecuado en los ejemplos anteriores habría sido «El proyecto de ley de medidas contra la sequía, que incluye un fondo para los afectados, ayudas de minimis o subvenciones al agua desalada» y «Deberían destinarse ayudas acogidas al régimen de minimis».