Los verbos afrontar y enfrentar(se) pueden usarse indistintamente con el significado de ‘hacer frente a alguien o algo’, pero no así afrentar.
En los medios de comunicación es habitual encontrar frases como «La multa a la que te podrías enfrentar si pierdes el DNI» o «Así serán los cinco retos tecnológicos que el sector asegurador deberá afrontar en 2025», ambas perfectamente válidas.
El Diccionario de la lengua española define afrontar como ‘poner cara a cara’, ‘hacer frente al enemigo’ o ‘hacer cara a un peligro, problema o situación comprometida’, e incluye desde 1925 enfrentar(se) como su equivalente. El Diccionario del estudiante, por su parte, lo recoge con el sentido de ‘hacer frente (a un problema o a una situación difícil o negativa)’.
Con respecto a enfrentar, conviene señalar que el Diccionario panhispánico de dudas admite tanto enfrentar un problema como enfrentarse a/con un problema.
El término afrentar, sin embargo, no puede utilizarse como sinónimo, puesto que significa ‘causar afrenta a alguien, ofenderlo, humillarlo, denostarlo’.
Así pues, en oraciones como «Ambas escuadras están listas para poder afrentar el encuentro» o «La Administración local quiso destacar la carencia de medios de los que disponen para afrentar el problema», lo apropiado habría sido emplear «… para enfrentar/afrontar el encuentro» y «… para enfrentar/afrontar el problema».