La expresión personas con discapacidad es la preferible para referirse a aquellas personas que tienen algún tipo de limitación física, intelectual o sensorial.
Según la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de la Naciones Unidas, personas con discapacidad es la expresión adecuada para referirse a quienes «tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás».
Como se ve en esa convención y en los documentos de las organizaciones que representan a estas personas, se prefiere en general la fórmula persona con discapacidad al uso del sustantivo discapacitado, que, si bien no es reprochable desde el punto de vista lingüístico, supone aludir a la persona por una sola de sus características, en este caso la discapacidad.
Tampoco se recomienda la voz minusválido, utilizada durante mucho tiempo y aún presente en documentos y trámites diversos. Aunque se trata de una palabra correctamente formada, se desaconseja su uso en los medios de comunicación, ya que en la actualidad se interpreta, en especial por los colectivos citados, como peyorativa.
Asimismo se desaconsejan palabras o expresiones con matiz claramente despectivo (como anormal, subnormal, deficiente, incapaz, inválido, impedido, disminuido), así como las que denotan sufrimiento (como sufre, padece o arrastra una discapacidad).
Esta recomendación es adaptación de la publicada originalmente por Fundéu Argentina para los medios y profesionales de ese país: personas con discapacidad, expresión adecuada.