La edición anterior (vigésima primera) del Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) definía disculpa como ‘razón que se da o causa que se alega para excusarse o purgar una culpa’. Si nos atenemos estrictamente a esta definición, no hay duda de que lo lógico es dar, presentar, ofrecer disculpas y no pedir, rogar, solicitar disculpas .
En efecto, si disculpa es el motivo con que un supuesto culpable pretende justificar o explicar su falta o error, es obvio que ese aparente culpable tiene que dar , y no pedir ,disculpas.
Sin embargo, de la segunda acepción del propio DRAE en el verbo disculpar (No tomar en cuenta o perdonar faltas) se infiere que, al menos en lenguaje familiar, disculpa es perdón de faltas u omisiones que otro comete.
En este contexto, es posible pedir, rogar o solicitar disculpas : Le pido disculpas por mi error; Le ruego que me disculpe si no le gustó lo que dije…
Tal vez entre ambas expresiones hay cierta diferencia.
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