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e|E
Índice
Definición

«erario»

01/02/2007

La Fundéu ha advertido un empleo frecuente del sustantivo erario acompañado del adjetivo público, lo que constituye una redundancia.

Leemos, por ejemplo, en la prensa: «Bertrand anuncia que está dispuesto a gastarse seis millones del erario público para conseguir que sus conciudadanos... »; «Esta adjudicación directa ha perjudicado al erario público» o «Los gastos sanitarios vinculados al tabaco ascienden a unos 18.000 millones de euros al año por bajas laborales o tratamientos a cuenta del erario público... ».

Erario significa 'conjunto de haberes, bienes y rentas pertenecientes al Estado' o a otras entidades administrativas menores; 'fisco'; 'tesoro público'. En la propia definición de la palabra se halla, pues, la idea de lo público (no puede haber un erario privado).

Consecuentemente, y pese a lo extendido de su uso, decir erario público es redundante.

Por ello, la Fundéu recomienda no añadir el innecesario adjetivo público junto con la palabra erario.

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