En las informaciones en las que se menciona la materia que en español se llama «Derecho canónico» es posible que el lector se encuentre con que quien redactó la noticia haya escrito «Derecho canónigo».
No se trata de un error demasiado extendido, pero alarma su presencia en algunos medios de comunicación, pues si sigue apareciendo puede llegar a difundirse y crear un uso equivocado del término.
La Fundéu BBVA, en su análisis del uso del español en los medios de comunicación y en su atención diaria al servicio de consultas sobre dudas lingüísticas, ha observado ese error y explica que en español las palabras canónigo y canónico no son sinónimos y ni siquiera cumplen la misma función gramatical.
Canónigo es un sustantivo usado para designar al sacerdote que forma parte del cabildo de una catedral y también es el nombre de una planta herbácea de origen mediterráneo cuyas hojas se utilizan para preparar ensaladas, mientras que canónico es un adjetivo que significa 'que está de acuerdo con los cánones, reglas o disposiciones establecidos por la Iglesia'.
Lo correcto es «Derecho canónico», que es el 'conjunto de normas jurídicas promulgadas o reconocidas por los órganos eclesiásticos competentes que determinan la organización de la Iglesia y regulan la vida de los fieles católicos en cuanto corresponde al fuero externo'.



