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Definición

nombres de las religiones, con inicial minúscula

04/01/2011

Me gustaría saber por qué he de escribir «islam» e «islamismo» (así como en los casos del «cristianismo» o «judaísmo», etc.) con minúscula inicial. ¿Con qué criterio el nombre de una religión se considera «nombre común»?

La diferenciación entre nombres propios y nombres comunes se establece según criterios lingüísticos y no socioculturales.

Los nombres propios son, según la nueva Ortografía de las Academias de la Lengua, «sustantivos o grupos nominales creados específicamente para designar y referirse a seres únicos, ya sean animados o inanimados». También «carecen de significado léxico, por lo que no poseen sinónimos o antónimos y no son traducibles, aunque tengan equivalentes en otras lenguas (como en el caso de Juan, Giovanni, John, Jean, Sean...)» y, además, «el nombre propio no tiene capacidad de generar una clase, ya que su función es únicamente particularizar e identificar un referente concreto».

Así, los nombres de las religiones son nombres comunes porque son palabras con significado léxico, pues «islamismo» puede definirse como 'Religión fundada por Mahoma', «cristianismo» como 'Perteneciente religión de Cristo' y «judaísmo» como 'Profesión de la ley de Moisés' (según las definiciones de la RAE).

Y estos sustantivos pueden formar palabras derivadas, como «islámico», «islamista», «islamólogo», «cristiano», «cristiandad», «cristianizar», «judío», «judaizante», «judeocristiano», etc.

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